Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3174/236 de 1998
Jornada trabajo; Distribución; Horas extraordinarias; Limite; Procedencia
Qué resolvió
1) Se encuentra ajustada a derecho la jornada ordinaria de trabajo de 48 horas semanales, distribuida en cinco días, con 9,6 horas diarias. 2) El máximo de horas extraordinarias que pueden laborarse por día es de dos horas, siempre y cuando se trate de faenas que por su naturaleza no sean perjudiciales para la salud del trabajador. ANTECEDENTES DEL DICTAMEN= Presentación de 05.05.98 de Sr.
Datos del documento
| Número | 3174/236 |
|---|---|
| Fecha | 16 de julio de 1998 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |