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Dictamen 3191/177 de 1997

2 de junio de 1997 · Término/despido/finiquito

Indemnización por años de servicio; Base Calculo; Gratificación Establecida; Contrato Individual

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1) Para los efectos de calcular la indemnización por años de ser- vicios a que tiene derecho don Augusto Jiménez Jara, no procede incluir dentro del concepto de última remuneración mensual la gratificación establecida en la cláusula sexta del contrato individual de trabajo, celebrado con la Empresa Correos de Chile.

Número3191/177
Fecha2 de junio de 1997
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)