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Dictamen 3210/164 de 1995

23 de mayo de 1995 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva Extensión de beneficios Aporte sindical Procedencia.

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Los trabajadores de la empresa C.M.E.I., que, con posterioridad a la negociación colectiva en que participaron tres sindicatos de la misma, se desafiliaron de aquél del cual eran socios al momento de dicha negociación e ingresaron a otra de las organizaciones sindicales que suscribieron el respectivo contrato colectivo, no se encuentran afectos a la obligación consignada en el artículo 346 del Código del Trabajo…

Número3210/164
Fecha23 de mayo de 1995
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)