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Dictamen 3220/156 de 2001

22 de agosto de 2001 · Trabajadores especiales

Trabajadores Portuarios; Concepto

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Las labores denominadas de "ba­rrido", consistentes en acumu­lar carga que, transpor­tada a granel, cae en los f­rentes de atraque, constitu­ye trabajo portuario, entendido éste como faena de carga o como otra labor propia de la acti­vidad por­tua­ria y, conse­cuen­cialmen­te, los traba­jado­res que las rea­lizan tie­nen la calidad de trabaja­dores por­tuarios.

Número3220/156
Fecha22 de agosto de 2001
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)