Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3228/51 de 2010
- Organización Sindical. Desafiliación. Competencia Dirección del Trabajo. - Organización Sindical. Patrimonio Sindical.
Qué resolvió
1) La Dirección del Trabajo carece de facultades para emitir un pronunciamiento respecto de la procedencia de desafiliar a los trabajadores por los que se consulta, toda vez que es la propia organización sindical recurrente la que, en conformidad a las normas estatutarias respectivas, podrá autónomamente adoptar tal acuerdo.
Datos del documento
| Número | 3228/51 |
|---|---|
| Fecha | 21 de julio de 2010 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |