Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3244/131 de 1996
Cláusula tácita; Remuneraciones
Qué resolvió
La modalidad reiterada de pagar los valores de los jornales maquinista y parador pactados en el anexo Nº 2 del contrato colectivo de 06.01.95 en los casos en que no hay tratos o el valor de éstos es inferior a dichas remuneraciones, constituye una cláusula tácita de los contratos de trabajo de los respectivos trabajadores que Grau S.A. Aglomerados de Hormigón no ha podido modificar unilateralmente.
Datos del documento
| Número | 3244/131 |
|---|---|
| Fecha | 5 de junio de 1996 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |