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Dictamen 3244/131 de 1996

5 de junio de 1996 · Remuneración

Cláusula tácita; Remuneraciones

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La modalidad reiterada de pagar los valores de los jornales maquinista y parador pactados en el anexo Nº 2 del contrato colectivo de 06.01.95 en los casos en que no hay tratos o el valor de éstos es inferior a dichas remuneraciones, constituye una cláusula tácita de los contratos de trabajo de los respectivos trabajadores que Grau S.A. Aglomerados de Hormigón no ha podido modificar unilateralmente.

Número3244/131
Fecha5 de junio de 1996
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)