Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3244/247 de 2000
Negociación Colectiva; Instrumento colectivo; Incorporación; Interpretación
Qué resolvió
1) Resulta jurídicamente procedente que la empresa Sociedad de Exploración y Desarrollo Minero pague el beneficio estipulado en la cláusula quinta del contrato colectivo actualmente vigente, sólo por los días en que un trabajador involucrado hubiere reemplazado efectivamente a otro dependiente regido por dicho instrumento.
Datos del documento
| Número | 3244/247 |
|---|---|
| Fecha | 3 de agosto de 2000 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |