Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3250/167 de 1995
Horas extraordinarias Base de cálculo.Feriado convencional Cómputo Día sabado.Negociación colectiva Instrumento colectivo Interpretación.
Qué resolvió
1) El bono por trabajo en turno "C", pactado en la cláusula octava del convenio colectivo suscrito entre la empresa Soquimich S.A. y el Sindicato Interempresa Nº 6 constituido en ella, debe ser considerado para el cálculo del pago de horas extraordinarias. 2) Corresponde el pago de la ayuda mortuoria pactada en la cláusula vigésimo primera del mismo convenio al trabajador cuyo hijo no nace vivo.
Datos del documento
| Número | 3250/167 |
|---|---|
| Fecha | 24 de mayo de 1995 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |