Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3279/92 de 2003
1) Gratificación Legal. Anticipos Convencionales. Modificación. 2) Gratificación Legal. Anticipos. Descuentos.
Qué resolvió
1) No resulta procedente que el empleador modifique en forma unilateral el sistema de pago de gratificaciones pactado en el contrato de trabajo de un dependiente, debiendo efectuarse necesariamente con acuerdo o consentimiento de éste. 2) La única forma en que el empleador puede descontar aquellos anticipos de gratificación indebidamente pagados, es procediendo en las condiciones previstas en el inciso 2° del…
Datos del documento
| Número | 3279/92 |
|---|---|
| Fecha | 12 de agosto de 2003 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |