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Dictamen 3286/189 de 1999

30 de junio de 1999 · Término/despido/finiquito

Indemnización sustitutiva; Pago proporcional; procedencia; Indemnización legal por años de servicio; Finiquito; valor probatorio; Formalidades; Omisión;

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1) Los trabajadores de la empresa Tribasa S.A., cuyos contratos hubieren terminado por aplicación de la causal prevista en el art. 161, inc. 1°, del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio tienen derecho a impetrar, en forma íntegra, la indemnización sustitutiva del aviso previo establecida en el art. 162, inc.

Número3286/189
Fecha30 de junio de 1999
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)