Generado con IA por Unholster

Dictamen 3424/203 de 1999

5 de julio de 1999 · Procedimiento/competencia

Bono escolaridad; Ley 19.595; Procedencia

Ver el documento en la DT

La edad mínima de 5 años de edad, de menores preescolares que habilita a sus padres a percibir el Bono de Escolaridad que contempla el artículo 14 de la ley 19.595, debe cumplirse dentro del período de vigencia de dicho cuerpo legal y en fecha que no exceda el 30 de junio del año en curso.

Número3424/203
Fecha5 de julio de 1999
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)