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Dictamen 3449/169 de 2001

12 de septiembre de 2001 · Término/despido/finiquito

Terminación Contrato Individual; Cotizaciones Previsionales; Quiebra

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La Dirección del Trabajo care­ce de competencia para pronun­ciarse si un cierre intempes­tivo de la empresa, adeudándo­se cotiza­ciones previsionales, produciría el efecto de mante­ner vigentes los contratos de trabajo previsto en el artícu­lo 162, incisos 1º y 5º del Código del Trabajo, por lo que no sería pertinente asimilar el contenido de Oficio Nº 4777, de 10.11.2000, a dicho cierre intempestivo de la em­presa.

Número3449/169
Fecha12 de septiembre de 2001
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)