Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 350/22 de 2004
Feriado Cómputo. Sistema Excepcional.
Qué resolvió
Los trabajadores de la empresa S.Q.M. S.A., afectos a un sistema excepcional de jornada de trabajo y descansos consistente en 7 días de trabajo continuo con 7 días consecutivos de descanso, que hacen uso de feriado colectivo, deben iniciar el cómputo del mismo una vez concluido el ciclo de descanso al que pudieran encontrarse afectos en ese momento y reincorporarse a sus funciones al día siguiente de expirado dicho…
Datos del documento
| Número | 350/22 |
|---|---|
| Fecha | 22 de enero de 2004 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |