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Dictamen 3518/115 de 2003

28 de agosto de 2003 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud. Indemnización. Artículo 1º Transitorio Ley 19.813. Base de Cálculo.

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No puede considerarse para el cálculo del pago de la indemnización por retiro voluntario, que contempla el artículo 1° transitorio de la ley 19.813, la asignación especial transitoria prevista por el artículo 45 de la ley 19.378, porque dicha asignación no forma parte de la remuneración que regula el artículo 23 de la misma ley 19.378.

Número3518/115
Fecha28 de agosto de 2003
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)