Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3520/117 de 2003
Semana Corrida. Base de Cálculo
Qué resolvió
No resulta jurídicamente procedente incluir en la base de cálculo del beneficio de semana corrida el bono de puntualidad y asistencia a que se refiere la cláusula séptima del contrato colectivo de trabajo vigente suscrito entre la empresa Compañía de Tejidos Primatex S.A. y el Sindicato de Trabajadores Nº 1 existente en ella.
Datos del documento
| Número | 3520/117 |
|---|---|
| Fecha | 28 de agosto de 2003 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |