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Dictamen 3541/206 de 1999

12 de julio de 1999 · Jornada/tiempo

Jornada de trabajo; Personal excluido de la limitación de jornada

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Los trabajadores que prestan servicios para la Empresa A.1 Alarmatic Chile Ltda. en las funciones que se indican, laboran sin fiscalización superior inmediata y, por ende, se encuentran legalmente excluidos de la limitación de jornada en conformidad a lo previsto en el inciso 2º del artículo 22 del Código del Trabajo, por lo cual no existe impedimento para que dicha empleadora, de común acuerdo con éstos, modifiquen…

Número3541/206
Fecha12 de julio de 1999
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)