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Dictamen 3555/192 de 1997

16 de junio de 1997 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación

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El trabajador Ernio Farías Cisternas de la Empresa Demarco S.A. para tener derecho a la indemnización convencional de la cláusula décimo cuarta del contrato colectivo que rige para el Sindicato de Trabajadores Nº 2, deberá presentar su renuncia voluntaria una vez obtenida jubilación por vejez.

Número3555/192
Fecha16 de junio de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)