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Dictamen 3563/182 de 2002

24 de octubre de 2002 · Estatutos especiales

1) Estatuto de Salud. Horas Extraordinarias. 2) Estatuto de Salud. Jornada de trabajo. Duración. Legalidad. - Estatuto de Salud. Jornada de Trabajo.

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1) En el sistema de salud primaria municipal, constituye jornada extraordinaria de trabajo solamente aquella que, por razones extraordinarias de funcionamiento o por tareas impostergables, se requiere el servicio del personal fuera de los límites horarios fijados en la jornada ordinaria, y aquella laborada a continuación de la jornada ordinaria o la que excede la misma.

Número3563/182
Fecha24 de octubre de 2002
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)