Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3581/186 de 2002
1) Negociación Colectiva. Presentación proyecto. Comunicación. Nómina adherentes. Empleador. Negativa a recibir. Efectos. 2) Negociación Colectiva.
Qué resolvió
1.- Si el empleador se negare a recibir la nómina de trabajadores adherentes a un proyecto de contrato colectivo, que ha tenido su origen en la comunicación contenida en el artículo 320 del Código del Trabajo, regirá lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 324, del mismo cuerpo legal.
Datos del documento
| Número | 3581/186 |
|---|---|
| Fecha | 29 de octubre de 2002 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |