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Dictamen 3585/172 de 2001

25 de septiembre de 2001 · Estatutos especiales

Estatuto Docente; Colegios particulares subvencionados; Bono extraordinario; Pago anticipado; Procedencia

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No existe inconveniente legal alguno para que los empleado­res del sector particular sub­vencionado anticipen mensual­mente al personal docente el bono extraordinario previsto en la letra c), del art. 65 de la Ley 19.715.

Número3585/172
Fecha25 de septiembre de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo2 Lagos (00-06)