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Dictamen 3588/175 de 2001

25 de septiembre de 2001 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Feriado Legal

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La prolongación en 5 días por sobre la duración máxima del feriado legal que prevé el artículo 18 de la ley 19.378, constituye ausentismo laboral autorizado unilateralmente por el empleador, que no comprome­te los derechos contractuales y legales de los trabajadores de salud municipal.

Número3588/175
Fecha25 de septiembre de 2001
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo2 Lagos (00-06)