Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3590/264 de 2000
Negociación colectiva; Derecho a Negociar; Iniciación de Extensión de Beneficios; Aporte Sindical; Procedencia
Qué resolvió
No corresponde efectuar el aporte obligatorio del 75% de la cuota ordinaria sindical previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo, respecto de los trabajadores que con posterioridad a la extensión del instrumento colectivo por parte del empleador, que obliga a dicho aporte, se afilian al sindicato que negoció este instrumento, o a otro cualquiera de la empresa.
Datos del documento
| Número | 3590/264 |
|---|---|
| Fecha | 28 de agosto de 2000 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |