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Dictamen 3590/264 de 2000

28 de agosto de 2000 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Derecho a Negociar; Iniciación de Extensión de Beneficios; Aporte Sindical; Procedencia

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No corresponde efectuar el aporte obligatorio del 75% de la cuota ordinaria sindical previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo, res­pecto de los trabajadores que con posterioridad a la exten­sión del instrumento colectivo por parte del empleador, que obliga a dicho aporte, se afi­lian al sindicato que negoció este instrumento, o a otro cualquiera de la empresa.

Número3590/264
Fecha28 de agosto de 2000
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)