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Dictamen 3613/79 de 2007

7 de septiembre de 2007 · Término/despido/finiquito

Indemnizacion Convencional por años de servicio.Fallecimiento. Pago

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La indemnización por años de servicio pactada en el Convenio Colectivo suscrito por la Empresa Evercrips Snack Productos de Chile S. A. y los trabajadores de la misma, que se paga a su sucesión legal en caso de fallecimiento del trabajador, no puede considerarse como una "prestación pendiente" a la fecha de deceso de éste, en los términos previstos en el artículo 60 del Código del Trabajo y debe ser pagado en la…

Número3613/79
Fecha7 de septiembre de 2007
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo3 Bachelet I (06-10)