Generado con IA por Unholster

Dictamen 3709/74 de 2011

16 de septiembre de 2011 · Jornada/tiempo

1) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Dependientes del Comercio. Aplicabilidad.2) Feriado obligatorio 19 de septiembre 2011. Personal Excluido.

Ver el documento en la DT

1) Se encuentran afectos a la normativa prevista en el artículo único de la ley Nº 20.538, que consagra, por una sola vez, como feriado obligatorio e irrenunciable el día 19 de septiembre del año 2011, todos los dependientes del comercio, excluidos aquellos que se desempeñen en clubes o restaurantes, establecimientos de entretenimiento tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, casinos de…

Número3709/74
Fecha16 de septiembre de 2011
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo4 Piñera I (10-14)