Qué resolvió
No procede considerar, para los efectos del reconocimiento de los años de servicios docentes que dan derecho a la asignación de experiencia establecida en el artículo 48 de la Ley Nº 19.070, los períodos servidos en un establecimiento educacional en labores de inspectoría, de carácter no docente.
Datos del documento
| Número | 3733/134 |
|---|---|
| Fecha | 8 de septiembre de 2003 |
| Eje doctrinario | Procedimiento/competencia |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |