Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3778/148 de 1996
Dirección del Trabajo; Competencia; Autorización de turnos; Jornada de trabajo; Sistema de turnos; Legalidad; Horas extraordinarias; Compensación; Procedencia
Qué resolvió
1) La Dirección del Trabajo carece de facultades para autorizar el establecimiento de determinados sistemas de turnos de trabajo, sin perjuicio de lo señalado en el cuerpo del presente informe. 2) No se encuentra ajustado a derecho un sistema de turnos que implique compensar las horas no trabajadas en una semana con aquellas que se laboren en exceso en la semana siguiente.
Datos del documento
| Número | 3778/148 |
|---|---|
| Fecha | 4 de julio de 1996 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |