Generado con IA por Unholster

Dictamen 3782/279 de 1998

12 de agosto de 1998 · Jornada/tiempo

Descanso compensatorio; Dia festivo procedencia; Sistema excepcional de distribucion y descanso

Ver el documento en la DT

Todos los trabajadores afectos a regímenes excepcionales de jornada y descansos que trabajen efectivamente en día festivo, tienen derecho a ser compensados en la forma que precisa el Oficio Circular Nº 10, de 27.10.97, de esta Dirección, sin distinguir si las autorizaciones respectivas fueron otorgadas antes o después de este Oficio Circular, y en cuanto a los días festivos que dan derecho a esta compensación, son…

Número3782/279
Fecha12 de agosto de 1998
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo1 Frei R-T (95-00)