Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3782/279 de 1998
Descanso compensatorio; Dia festivo procedencia; Sistema excepcional de distribucion y descanso
Qué resolvió
Todos los trabajadores afectos a regímenes excepcionales de jornada y descansos que trabajen efectivamente en día festivo, tienen derecho a ser compensados en la forma que precisa el Oficio Circular Nº 10, de 27.10.97, de esta Dirección, sin distinguir si las autorizaciones respectivas fueron otorgadas antes o después de este Oficio Circular, y en cuanto a los días festivos que dan derecho a esta compensación, son…
Datos del documento
| Número | 3782/279 |
|---|---|
| Fecha | 12 de agosto de 1998 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |