Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3817/78 de 2011
Organizaciones sindicales representación afiliados.
Qué resolvió
Las organizaciones sindicales pueden representar a sus afiliados sin mediar requerimiento de ellos, en el ejercicio de los derechos emanados de instrumentos colectivos, así como también, en las reclamaciones por infracciones legales y a contratos individuales de trabajo que afecten a la mayoría de sus afiliados.
Datos del documento
| Número | 3817/78 |
|---|---|
| Fecha | 27 de septiembre de 2011 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |