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Dictamen 385/9 de 2025

3 de junio de 2025 · Género/protección

Acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo; Ley N°21.643; Procedimiento de Investigación;

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Para dar inicio al procedimiento de investigación regulado en el párrafo 2°, del Título IV, del Libro II del Código del Trabajo, se requiere la denuncia de la persona afectada, sin que el empleador pueda iniciarlo de oficio. Lo anterior, no obsta a que el empleador deba dar cumplimiento a las obligaciones señaladas en el presente informe.

Número385/9
Fecha3 de junio de 2025
Eje doctrinarioGénero/protección
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo7 Boric (22-26)