Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3857/74 de 2006
Trabajadores Pesqueros. Descanso semanal.
Qué resolvió
El descanso prevenido en el artículo 20 del D.S. Nº101, de 2004, que aprueba el Reglamento de Trabajo a Bordo de Naves de Pesca, debe otorgarse, en el caso de navegaciones sucesivas inferiores a seis días, en la forma indicada en el cuerpo del presente informe.
Datos del documento
| Número | 3857/74 |
|---|---|
| Fecha | 25 de agosto de 2006 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |