Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3861/85 de 2007
Empresas de Servicios Transitorios. Capacitación. Porcentaje. Determinación.
Qué resolvió
El porcentaje mínimo del 10% de los trabajadores de empresas de servicios transitorios que deben ser capacitados anualmente por ésta, según el artículo 183-AD del Código del Trabajo, se obtiene del total de trabajadores que fueron incluidos en los contratos de puesta a disposición de trabajadores transitorios celebrados con las empresas usuarias, durante el período 1° de enero a 31 de diciembre de cada año.
Datos del documento
| Número | 3861/85 |
|---|---|
| Fecha | 25 de septiembre de 2007 |
| Eje doctrinario | Subcontratación |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |