Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 387/11 de 2025
Reducción de Jornada Laboral; Ley N°21.561; Compensación horas extras por feriado; Pactos
Qué resolvió
1. Para compensar las horas extras realizadas por días feriado, la persona trabajadora debe contar con una cantidad de horas acumuladas equivalentes a la jornada del día que desea compensar. 2. Las partes no pueden establecer límites o requisitos al ejercicio del derecho a compensar horas extras por días de feriado, adicionales a los dispuestos por el legislador.
Datos del documento
| Número | 387/11 |
|---|---|
| Fecha | 3 de junio de 2025 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | DT de oficio/interno |
| Periodo | 7 Boric (22-26) |