Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3883/75 de 2008
1) Organizaciones Sindicales. Cuota Sindical. Descuento. Suspensión.2) Estatuto de Salud. Personal traspasado Salud Primaria. Derecho de Asociación.
Qué resolvió
1) La entidad administradora respectiva está impedida de suspender el descuento de la cuota sindical, si el trabajador no ha presentado su renuncia al sindicato. 2) Los trabajadores traspasados a la dotación de salud primaria, en virtud del artículo 3º transitorio de la ley 20.250, podrán afiliarse a las asociaciones regidas por la ley 19.296 o mantener su afiliación al sindicato regido por las normas del Código del…
Datos del documento
| Número | 3883/75 |
|---|---|
| Fecha | 16 de septiembre de 2008 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 3 Bachelet I (06-10) |