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Dictamen 3904/149 de 2003

22 de septiembre de 2003 · Estatutos especiales

1) Dirección del Trabajo. Facultades 2) Colegios Particulares Subvencionados. Dife-. Corporaciones Municipales. Terminación de Contrato. Jubilación.

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1) La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse acerca de la procedencia del beneficio de desahucio fiscal. 2) La obtención de jubilación, en relación al cargo docente en una Corporación Municipal, no da derecho al profesional de la educación que accede a dicho beneficio previsional a indemnización por años de servicio, en el evento que el termino de su relación laboral opere por tal causal.

Número3904/149
Fecha22 de septiembre de 2003
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo2 Lagos (00-06)