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Dictamen 3952/221 de 1997

8 de julio de 1997 · Sindical/colectivo

Fuero sindical; Federaciones y confederaciones

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Para hacer efectivo el fuero laboral establecido en el artículo 274 del Código del Trabajo, respecto de los directores de una federación o confederación, no es necesario cumplir, en la elección de dichos cargos, las formalidades establecidas en los artículos 237 y 238 del mismo cuerpo legal.

Número3952/221
Fecha8 de julio de 1997
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)