Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 3956/225 de 1997
Descanso compensatorio; Sistema excepcional de distribución de jornada y descanso; Huelga; Efectos
Qué resolvió
1) Procede que la Compañía Minera Maricunga S.A., al reiniciarse las actividades el día 07.02.97, le otorgue proporcionalmente los días de descanso correspondientes a 5 días de trabajo que llevaba el personal por término de la huelga; y, 2) No procede que la citada compañía cancele al personal sólo los 5 días de descanso de un total de 7, de que hacía uso al momento de iniciarse la huelga, sino que debe cancelarle…
Datos del documento
| Número | 3956/225 |
|---|---|
| Fecha | 8 de julio de 1997 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |