Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4023/198 de 2001
Estatuto Docente; Duración y distribución jornada de trabajo; Modificación Unilateral; Contrato de Trabajo
Qué resolvió
1) El empleador no se encuentra facultado para modificar unilateralmente o por su sola voluntad la duración y distribución de la jornada de trabajo del personal docente y no docente pactada en sus contratos de trabajo, aún cuando invoque para ello la circunstancia de haberse incorporado el establecimiento educacional al régimen de jornada escolar completa.
Datos del documento
| Número | 4023/198 |
|---|---|
| Fecha | 30 de octubre de 2001 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |