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Dictamen 4037/70 de 2016

3 de agosto de 2016 · Género/protección

Huelga; Efectos; Suspensión de la relación laboral; Derecho a sala cuna; Ejercicio durante el período de huelga; Género

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Se pronuncia acerca de la obligación del empleador de otorgar beneficio de sala cuna durante la huelga de los trabajadores. RDIC.: A la trabajadora que utiliza el servicio de sala cuna que provee el empleador mediante cualquiera de las vías permitidas, le asiste el derecho a seguir gozando de dicho beneficio durante su participación en la huelga ejercida en el respectivo proceso de negociación colectiva, no siendo…

Número4037/70
Fecha3 de agosto de 2016
Eje doctrinarioGénero/protección
Quién consultaDT de oficio/interno
Periodo5 Bachelet II (14-18)