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Dictamen 4101/234 de 1999

12 de agosto de 1999 · Término/despido/finiquito

Contrato individual; Modificación; Competencia Dirección del trabajo; Terminación de contrato individual; Calificación de causales

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1) El empleador Automóvil Club de Chile no puede modificar unilateralmente la cláusula relativa a las metas o rendimientos mínimos u otras insertas en los contratos individuales de trabajo del personal de Recaudadores. 2) Los Recaudadores no pueden exigir que su empleador mantenga inalterable en el tiempo la cartera de clientes, atendida la forma en que operan dichos trabajadores.

Número4101/234
Fecha12 de agosto de 1999
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)