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Dictamen 4107/291 de 1998

28 de agosto de 1998 · Estatutos especiales

Estatuto docente Bono Extraordinario Vigencia.

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Los establecimientos particulares subvencionados no se encuentran obligados a pagar, a contar del año 1997, a sus docentes el bono extraordinario establecido en la letra c) del artículo 65 de la ley Nº 19.070.

Número4107/291
Fecha28 de agosto de 1998
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)