Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4191/156 de 2003
Descanso Compensatorio. Día Domingo. Procedencia. Guardias de Seguridad.
Qué resolvió
Los vigilantes privados de la empresa Ingesec Ltda., se encuentran exceptuados del descanso dominical y de días festivos en virtud del Nº 2 del artículo 38 del Código del Trabajo, por tanto, les asiste el derecho a que se les otorgue en domingo, a lo menos, dos de los días descanso compensatorio en el respectivo mes calendario, conforme al inciso 4º de este mismo artículo.
Datos del documento
| Número | 4191/156 |
|---|---|
| Fecha | 9 de octubre de 2003 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |