Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4219/39 de 2012
Tripulantes de vuelo. Períodos de Servicio de vuelo. Forma y condiciones para el cumplimiento de más de uno de ellos en 24 horas consecutivas.
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente que los tripulantes de vuelo de aeronaves comerciales de pasajeros y carga que han cumplido un período de servicio de vuelo lleven a cabo otro en el término de 24 horas consecutivas, siempre que a continuación del primero el tripulante respectivo hubiere hecho uso del correspondiente descanso compensatorio previsto por la ley.
Datos del documento
| Número | 4219/39 |
|---|---|
| Fecha | 4 de octubre de 2012 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |