Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 4223/67 de 2014
Actividad pesquera; Períodos de inactividad laboral; Remuneración; Promedio de los últimos tres meses laborados
Qué resolvió
La remuneración que deben percibir los trabajadores que laboran a bordo de naves pesqueras durante los días de inactividad laboral por causas no imputables a aquellos, debe estarse a lo que las partes han pactado expresa o tácitamente, en forma individual o colectiva, no pudiendo este pacto contemplar un estipendio inferior al que resulta de efectuar el cálculo en conformidad al promedio de lo percibido por el…
Datos del documento
| Número | 4223/67 |
|---|---|
| Fecha | 27 de octubre de 2014 |
| Eje doctrinario | Remuneración |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |