Generado con IA por Unholster

Dictamen 4223/67 de 2014

27 de octubre de 2014 · Remuneración

Actividad pesquera; Períodos de inactividad laboral; Remuneración; Promedio de los últimos tres meses laborados

Ver el documento en la DT

La remuneración que deben percibir los trabajadores que laboran a bordo de naves pesqueras durante los días de inactividad laboral por causas no imputables a aquellos, debe estarse a lo que las partes han pactado expresa o tácitamente, en forma individual o colectiva, no pudiendo este pacto contemplar un estipendio inferior al que resulta de efectuar el cálculo en conformidad al promedio de lo percibido por el…

Número4223/67
Fecha27 de octubre de 2014
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo4 Piñera I (10-14)