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Dictamen 4225/173 de 1996

24 de julio de 1996 · Otros

Licencia médica; Comisiones indirectas

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Al vendedor comisionista no le asiste derecho al pago de comisión por las ventas que ha efectuado directamente el empleador a los clientes de su cartera, durante el período en que ha estado en goce de licencia médica, a menos que así se hubiere convenido en el correspondiente contrato de trabajo.

Número4225/173
Fecha24 de julio de 1996
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)