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Dictamen 427/25 de 1997

29 de enero de 1997 · Estatutos especiales

Estatuto docente; Aplicabilidad; Escuelas especiales; Coanil

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A los funcionarios sin título docente y con conocimientos y experiencia técnica en oficios que se desempeñan en las escuelas especiales que administra Coanil, se les debe aplicar el Estatuto Docente si, en cumplimiento de lo dispuesto por su artículo 2º, están habilitados o autorizados para ejercer la función docente. ANTECEDENTES: Presentación de Sr. Guillermo Vidal, Director General Coanil, de 21.08.96.

Número427/25
Fecha29 de enero de 1997
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)