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Dictamen 4292/294 de 1998

9 de septiembre de 1998 · Sindical/colectivo

Estatuto de salud; Aplicabilidad; Asociaciones de funcionarios; Directores; Facultades; Dirección del trabajo Competencia; Corporaciones municipales;

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1) Un trabajador no funcionario contratado a honorarios en el sistema de atención primaria de salud municipal, no tiene derecho a los beneficios de capacitación, horas extraordinarias, viáticos, licencias médicas, permisos administrativos y vacaciones que regula la ley 19.378.

Número4292/294
Fecha9 de septiembre de 1998
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)