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Dictamen 436/20 de 2024

18 de julio de 2024 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud; Bono de vacaciones; Bono especial; Ley N°21.647

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Resulta procedente que pague el bono de vacaciones y el bono especial contemplados por la Ley N°21.647 la entidad que se indica, en la medida que la recurrente cumpla con todos los requisitos exigidos por la normativa. ANTS.: 1)Asignación de 26.04.2024. 2)Pase N°392 de 08.04.2024 de la Sra. Jefa de Gabinete del Sr. Director del Trabajo. 3)Folio E469589/2024 de 02.04.2024 de la Contraloría General de la República.

Número436/20
Fecha18 de julio de 2024
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaTrabajador sin sindicato
Periodo7 Boric (22-26)