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Dictamen 4362/240 de 1997

24 de julio de 1997 · Remuneración

Personal no docente; Ley 19.464; Corporaciones municipales; Incremento remuneracional; Cálculo; Personal no docente; Ley 19.464; Incremento remuneracional;

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1) La base de cálculo del aumento de remuneraciones que regula la ley 19.464, debe ser determinada en proporción a la jornada de trabajo del personal no docente, no resultando jurídicamente procedente que el referido cálculo se efectúe sobre la base de los días efectivamente pagados.

Número4362/240
Fecha24 de julio de 1997
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaEstado/Organismo
Periodo1 Frei R-T (95-00)