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Dictamen 4414/252 de 1999

26 de agosto de 1999 · Término/despido/finiquito

Indemnización convencional por años de servicio; Fallecimiento del trabajador; Pago; Prestaciones pendientes

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Tratándose de sumas que no superen el tope de cinco Unidades Tributarias Anuales establecido en el artículo 60 del Código del Trabajo, no resulta procedente que la empresa Manufacturas Sumar S.A. exija la obtención de la posesión efectiva para proceder al pago de las prestaciones pendientes a la fecha del fallecimiento del trabajador, dentro de las cuales se incluye la indemnización convencional por años de servicio…

Número4414/252
Fecha26 de agosto de 1999
Eje doctrinarioTérmino/despido/finiquito
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)