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Dictamen 4425/187 de 1996

7 de agosto de 1996 · Jornada/tiempo

Jornada de trabajo; Personal excluído de la limitación de jornada; Remuneraciones; Derecho; Nacimiento

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1) Los trabajadores que desempeñan funciones como peonetas de la empresa Distribuidora Super Ltda. se encuentran excluídos de la limitación de la jornada de trabajo, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 22 del Código del Trabajo. 2) La señalada empresa no se encuentra obligada a pagar al trabajador Sr.

Número4425/187
Fecha7 de agosto de 1996
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaEmpresa/Empleador
Periodo1 Frei R-T (95-00)